Guía para Asistentes Virtuales: Alta como Autónomo en España

El auge del trabajo remoto ha impulsado la profesión de Asistente Virtual (AV), un perfil cada vez más demandado por empresas y profesionales. Si eres un AV en España y estás listo para formalizar tu actividad, este artículo te guiará a través de los pasos necesarios para darte de alta como autónomo, con especial atención al epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) que te corresponde: el 772 (Estenotipistas, mecanógrafos, taquígrafos y otros profesionales administrativos).

¿Por qué darte de alta como autónomo?

Formalizar tu actividad como autónomo te ofrece múltiples beneficios:

  • Profesionalidad y credibilidad: Transmites una imagen más seria y confiable a tus clientes.
  • Facturación legal: Puedes emitir facturas con IVA y cumplir con tus obligaciones fiscales.
  • Acceso a clientes más grandes: Muchas empresas prefieren trabajar con proveedores dados de alta.
  • Posibilidad de deducciones fiscales: Podrás deducir ciertos gastos relacionados con tu actividad.
  • Protección social: Cotizarás para tu jubilación, baja por enfermedad, maternidad/paternidad, etc.

Pasos para darse de alta como autónomo:

El proceso de alta como autónomo en España se realiza principalmente ante dos organismos: la Agencia Tributaria (Hacienda) y la Seguridad Social. Y en el caso de residir en Canarias, también te tienes que dar de alta en la Agencia Tributaria Canaria.

1. Alta en la Agencia Tributaria (Modelo 036):

Este es el primer paso y consiste en comunicar a Hacienda el inicio de tu actividad económica. Deberás presentar el Modelo 036. Para un Asistente Virtual, los puntos clave a considerar son:

  • Epígrafe del IAE: Deberás seleccionar el epígrafe que mejor se ajuste a tu actividad principal. Para tareas administrativas generales, el epígrafe 772 «Estenotipistas, mecanógrafos, taquígrafos y otros profesionales administrativos» es el más adecuado. Este epígrafe engloba actividades de apoyo administrativo, secretariado y tareas de oficina.
  • Régimen de IVA:
    • General: Deberás repercutir IVA (actualmente el 21%) en tus facturas y liquidarlo trimestralmente.
    • Régimen Simplificado (Módulos): No suele ser aplicable para la actividad de Asistente Virtual.
    • Régimen Especial de Recargo de Equivalencia: No aplica a la mayoría de los servicios de AV.
    • Exención de IVA (Artículo 20 LIVA): Algunos servicios específicos podrían estar exentos, pero la asistencia administrativa general no lo suele estar. Deberás analizar tu caso concreto.
  • Régimen de IRPF:
    • Estimación Directa (Normal o Simplificada): Determinarás tus rendimientos netos (ingresos menos gastos deducibles) y tributarás según la escala general del IRPF.
    • Estimación Objetiva (Módulos): No suele ser aplicable para la actividad de Asistente Virtual.
  • Comunicación de inicio de actividad: Indicar la fecha de inicio de tu actividad.
  • Domicilio fiscal: Indicar tu domicilio donde recibirás las notificaciones de Hacienda.

2. Alta en la Seguridad Social (RETA):

Una vez dado de alta en Hacienda, tienes un plazo del mismo día para inscribirte en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Este trámite implica:

  • Solicitud de alta: Presentar el modelo TA.0521.
  • Elección de la base de cotización: Puedes elegir una base de cotización dentro de los límites establecidos anualmente. La base elegida determinará la cuota que pagarás mensualmente y las prestaciones a las que tendrás derecho. Es importante elegir una base acorde a tus ingresos previstos.
  • Cobertura de contingencias profesionales: Es obligatoria la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: Deberás elegir una mutua para gestionar estas contingencias.

3. Alta en la Agencia Tributaria Canaria (modelo 400)

Tras el alta en la Hacienda Estatal y en la Seguridad Social, si resides en Canarias, deberás darte de alta en la Hacienda Canaria. Los apartados que debes considerar son:

  • Epígrafe del IAE: Que debe corresponder con el de la Hacienda Estatal, el epígrafe 772 «Estenotipistas, mecanógrafos, taquígrafos y otros profesionales administrativos» es el más adecuado.
  • Régimen de IGIC:
    • General: Deberás repercutir IGIC (actualmente el 7%) en tus facturas y liquidarlo trimestralmente.
    • Régimen Simplificado (Módulos): No suele ser aplicable para la actividad de Asistente Virtual.
    • Régimen Especial de Recargo de Equivalencia: No aplica a la mayoría de los servicios de AV.
    • Régimen Especial del Pequeño Empresario y Profesional (REPEP): Este régimen es opcional para aquellos autónomos cuyo volumen total de ingresos en el año natural anterior no haya superado los 30.000 euros. Este límite se revisa anualmente. O que se den de alta como autónomos por primera vez.
  • Comunicación de inicio de actividad: Indicar la fecha de inicio de tu actividad.
  • Domicilio fiscal: Indicar tu domicilio donde recibirás las notificaciones de Hacienda Canaria que debe coincidir con el de la Hacienda Estatal.

Documentación necesaria (orientativa):

  • DNI/NIE: Original y copia.
  • Modelo 036/400: Copia sellada por Hacienda.
  • Justificante de domicilio: Empadronamiento.
  • Número de cuenta bancaria: Para domiciliar los pagos a la Seguridad Social.

Pasos adicionales y consideraciones:

  • Certificado digital: Es altamente recomendable obtener un certificado digital para realizar trámites online con la administración.
  • Colegiación (si aplica): Aunque la actividad de Asistente Virtual generalmente no requiere colegiación, verifica si alguna de las tareas específicas que realizas pudiera exigirlo.
  • Prevención de Riesgos Laborales: Aunque trabajes desde casa, estás sujeto a la normativa de prevención de riesgos laborales. Infórmate sobre tus obligaciones.
  • Protección de Datos (RGPD): Si manejas datos personales de tus clientes, debes cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos.
  • Consultar las ayudas y bonificaciones disponibles para emprender tu actividad antes de darte de alta como autónomo.
  • Asesoramiento profesional: Dada la complejidad de los trámites, es muy recomendable buscar el asesoramiento de un gestor administrativo o asesor fiscal. Desde GESTIDALIA estaremos encantados de asesorarte y apoyarte en tu nuevo emprendimiento.

Si quieres más información o solicitar tu presupuesto personalizado, no dudes en contactarnos sin compromiso a través del siguiente formulario.

 

asistente virtual autónomo
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