La Dirección General de Tributos (DGT) ha aclarado recientemente una cuestión clave para los matrimonios que adquieren un vehículo eléctrico en régimen de gananciales: la deducción en el IRPF por la compra del coche solo puede aplicarla uno de los cónyuges, concretamente, aquel a cuyo nombre esté matriculado el vehículo.
¿Qué deducción aplica Hacienda por comprar un coche eléctrico?
Desde el 30 de junio de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2025, la normativa fiscal permite aplicar una deducción del 15% en el IRPF sobre el valor de adquisición de un vehículo eléctrico enchufable, incluidos impuestos y gastos asociados, con un límite máximo de 20.000 euros anuales.
Por ejemplo, si un coche eléctrico tiene un precio total de 30.000 euros, el contribuyente podrá deducir en su declaración de la renta hasta 4.500 euros. Eso sí, siempre que el coche esté matriculado a su nombre.
Matrimonio en gananciales: ¿pueden deducir ambos cónyuges?
La respuesta es no. Aunque el coche se haya adquirido con fondos gananciales, la deducción solo puede aplicarla en la renta el cónyuge a cuyo nombre figure la matrícula del vehículo.
Así lo establece la consulta vinculante de Tributos, que señala literalmente: “la deducción se practicará exclusivamente por el cónyuge a cuyo nombre se ha matriculado el vehículo, con independencia de que este se haya adquirido con fondos gananciales”.
Esto elimina la posibilidad de aplicar la deducción al 50% entre ambos miembros del matrimonio, incluso en el caso de haber financiado el coche conjuntamente o haberlo declarado en patrimonio común.
Deducción adicional por instalación de punto de recarga
La normativa también contempla una segunda deducción del 15% hasta un máximo de 4.000 euros por la instalación de un sistema de recarga de baterías en una vivienda propiedad del contribuyente.
Condiciones clave:
- La vivienda debe ser propiedad del contribuyente.
- El pago debe hacerse por medios rastreables (no en efectivo).
- No se podrá destinar el punto de recarga a fines económicos (por ejemplo, alquiler o negocio), si se desea mantener la deducción.
Consejos fiscales si vas a comprar un coche eléctrico en pareja
Si estás casado en régimen de gananciales y planeas adquirir un vehículo eléctrico, te recomendamos tener en cuenta estos consejos antes de realizar la compra:
- Decide a nombre de quién se matriculará el coche en función de quién obtendrá mayor beneficio fiscal.
- Guarda todas las facturas y justificantes de pago con claridad del titular.
- Evita pagos en efectivo para la instalación del punto de recarga.
- Consulta con un asesor fiscal para simular el impacto en tu IRPF y no perder deducciones posibles.
Conclusión
Hacienda lo deja claro: solo uno de los cónyuges podrá aplicar la deducción por compra de coche eléctrico, y será quien figure como titular en la matrícula, incluso si se paga con fondos gananciales. Lo mismo ocurre con la deducción por instalación de punto de recarga.
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