Subrogación laboral y declaración de la renta: ¿Qué debes saber?

 

La subrogación laboral es un proceso en el que un trabajador pasa a prestar sus servicios a una nueva empresa, manteniendo las mismas condiciones laborales. Aunque este cambio puede generar dudas, especialmente a la hora de realizar la declaración de la renta, la normativa española ofrece una respuesta clara.

¿Un pagador o dos? Esa es la cuestión

Una de las principales preguntas que surgen en estos casos es si se considera que el trabajador tiene uno o dos pagadores a efectos de la declaración de la renta. La Dirección General de Tributos (DGT) ha establecido que, en caso de subrogación empresarial, se considerará que el trabajador tiene un único pagador.

Esto significa que, si no tienes otros ingresos laborales procedentes de un tercer pagador, podrás aplicar el límite de los 22.000€ para determinar si estás obligado a presentar la declaración, tal y como establece el artículo 96 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

¿Cuándo se debe presentar la declaración?

En general, los trabajadores por cuenta ajena no están obligados a presentar la declaración del IRPF si sus rendimientos íntegros proceden de un único pagador y no superan los 22.000 euros. Sin embargo, este límite se reduce si percibes rendimientos de dos o más pagadores:

  • Un solo pagador: Si tus ingresos por la subrogación no superan los 22.000€, no tendrás que presentar la declaración (siempre y cuando no tengas otros ingresos).
  • Dos o más pagadores: Si tienes ingresos de otro trabajo o de un segundo pagador, el límite se reduce a 14.000 euros. Además, los rendimientos satisfechos por el segundo y restantes pagadores deben superar en su conjunto 1.500 euros anuales.

¿Qué otros aspectos debo tener en cuenta?

  • Deducciones y bonificaciones: Aunque tengas un único pagador por la subrogación, podrás beneficiarte de las deducciones y bonificaciones a las que tengas derecho, como las deducciones por vivienda habitual, por alquiler, por maternidad, etc.
  • Otros ingresos: Si tienes otros ingresos, como rendimientos del capital mobiliario, ganancias patrimoniales o actividades económicas, deberás incluirlos en la declaración.
  • Cambios en las condiciones laborales: Si a raíz de la subrogación se producen cambios en tus condiciones laborales (por ejemplo, un cambio de categoría), es importante que lo comuniques a tu nuevo empleador y a la Agencia Tributaria.

Si quieres consultar tu caso particular, contáctanos a través del siguiente formulario

 

subrogación laboral y declaración de la renta
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